Desde el 31 de marzo hasta el 17 de abril se abre el plazo para solicitar la ayuda.
Las personas beneficiarias de la ayuda económica serán, conjuntamente, los progenitores o adoptantes del niño o de la niña, titulares del Libro de Familia, en el que figure registrado su nacimiento o adopción, desde el 1 de enero de 2021 hasta 31 de diciembre de 2022.
Podrán solicitar estas ayudas cualquier persona residente de Brihuega que reúna los siguientes requisitos:
a) Todas las personas que componen la unidad familiar a la que pertenece la solicitud presentada deberán estar empadronadas en Brihuega antes del 1 de enero de 2021, y tener su residencia habitual en el Municipio de Brihuega como mínimo con anterioridad al 1 de enero de 2021. En caso de separación o divorcio, este requisito solo será exigible al progenitor que tuviese la guardia y custodia.
b) No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario, previstas en el párrafo 2º del artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; así como no tener deudas tributarias con la Agencia Tributaria, el Ayuntamiento de Brihuega y la Seguridad Social.
c) Que el nacimiento o adopción haya tenido lugar entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022.
El anuncio del BOP de Guadalajara, las bases de la convocatoria y la solicitud de ambas se encuentran en la sede electrónica del Ayuntamiento de Brihuega (https://brihuega.sedelectronica.es/board/975b37c8-f59b-11de-b600-00237da12c6a/).